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miércoles, 7 de agosto de 2013

LUZ y FUERZA DE LA MEMORIA HISTÓRICA. LÍNEAS DE TRANSMISIÓN… O LÍNEA DEL TIEMPO. DECRETO DE REFORMAS A LA LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA (1989).

POR: JOSÉ FRANCISCO COELLO UGALDE.

   El compañero Antonio Guadarrama S. hizo favor de enviarme el presente documento, que no es otra cosa que la versión estenográfica en muchas de su partes del “Diario de los Debates”, que da cuenta de los hechos ocurridos desde el 10 de noviembre y hasta el 14 de diciembre de 1989, fecha en la que además de consumarse aquel caro propósito, el de reformar la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, se tornó en una conquista más que engalanaba los entonces 75 años de la creación del Sindicato Mexicano de Electricistas. Por su naturaleza de contenido, me parece más que oportuno compartir un testimonio que parecen ignorar los gobiernos más recientes, sobre todo cuando siguen pretendiendo abrir el sector energético al capital e intereses extranjeros, intentando borrar la esencia fundamental del art. 27 de la Constitución Política de este país, y seguir despojando de paso a muchos trabajadores de su fuente de ingreso. Cuando cada vez se hace menos “política” y esta también cada vez menos se produce en beneficio de la sociedad, es conveniente que un capítulo como el presente, se convierta en una referencia histórica para considerar que en el fondo, se tomaron en cuenta muchas de las condiciones que beneficiaban a la clase trabajadora, lo que hoy es impensable.

Viernes 10 de noviembre de 1989

  • Que reforma la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
    Diario de los Debates, número 6, viernes 10 de noviembre de 1989.
    Presentada por el Ejecutivo federal.
    Turnada a la Comisión de Energéticos.

·         Que reforma la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, presentada por el Ejecutivo federal en la sesión del viernes 10 de noviembre de 1989

·         Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Presentes

·         Por instrucciones del ciudadano Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente envío a ustedes iniciativa de decreto de reformas a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, documento que el propio Primer Magistrado de la nación propone por el digno conducto de ustedes.
·         Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
·         Sufragio Efectivo, No Reelección.
·         México, Distrito Federal, a 26 de octubre de 1989. - El Secretario, Fernando Gutiérrez Barrios.

·         Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presentes
·         La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en su artículo 27, párrafo sexto, que corresponde exclusivamente a la nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público y que no se otorgarán concesiones a los particulares en esta materia, así como que la nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.
·         Dicho servicio, está reservado de manera exclusiva al Estado, el cual cuenta con los organismos que requiere para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo. El gobierno federal mantendrá siempre la propiedad y el control sobre dichos organismos.
·         El servicio público de energía eléctrica en diversas áreas de la zona central del país se ha estado prestando por la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A., y sus asociados Compañía de Luz y Fuerza de Pachuca, S.A., Compañía Mexicana Meridional de Fuerza, S.A., y Compañía de Luz y Fuerza Eléctrica de Toluca, S.A., en proceso de liquidación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica.
·         Por otra parte, en el convenio celebrado el 14 de marzo del año en curso [1989], entre la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A., y sus asociadas en liquidación y el Sindicato Mexicano de Electricistas, éste se obligó, en los términos de dicho documento, a realizar las concertaciones necesarias para alcanzar la autosuficiencia financiera de las empresas e incrementar la productividad de las mismas, a fin de lograr en las labores, índices equivalentes a los del resto del sector eléctrico nacional.
·         Por ello, con la participación de los trabajadores electricistas, se han estudiado alternativas de solución, con el propósito de que el servicio público de energía eléctrica, que ha estado a cargo de dichas compañías, se preste en las mejores condiciones; y con apego a los preceptos constitucionales y legales ya mencionados, preservándose los derechos de las agrupaciones obreras y de los trabajadores, así como las fuentes de trabajo.
·         Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de ustedes, me permito presentar a la consideración del honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de

·         DECRETO DE REFORMAS A LA LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

·         Artículo único. Se reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica para quedar como sigue:
·         Artículo cuarto.
·         Las empresas concesionarias, entrarán o continuarán en disolución y liquidación y prestarán el servicio hasta ser totalmente liquidadas. Concluida la liquidación de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A., y sus asociadas Compañía de Luz y Fuerza de Pachuca, S.A., Compañía Mexicana Meridional de Fuerza, S.A., y Compañía de Luz y Fuerza Eléctrica de Toluca, S.A., el Ejecutivo Federal, dispondrá la constitución de un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, regido por la Comisión Federal de Electricidad, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, el cual tendrá a su cargo la prestación del servicio que han venido proporcionando dichas compañías. El decreto de creación del organismo establecerá, con arreglo a esta disposición, la estructura, organización y funciones que tendrá el propio organismo para el adecuado cumplimiento de sus fines.
·         TRANSITORIOS
·         Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
·         Artículo segundo. Los derechos de los trabajadores serán respetados conforme a la ley y se aplicarán, en sus términos, los acuerdos contenidos en el convenio del 14 de marzo de 1989, celebrado entre la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A., y sus asociadas y el Sindicato Mexicano de Electricistas.
·         Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración más distinguida.
·         Sufragio Efectivo. No Reelección.
·         Palacio Nacional, a 27 de septiembre de 1989. - El Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Carlos Salinas de Gortari.
·         Turnada a la Comisión de Energéticos.

Legislatura LIV - Año II - Período Ordinario - Fecha 19891110 - Número de Diario 6
ENCABEZADO
LIV LEGISLATURA
PODER LEGISLATIVO FEDERAL
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de segunda clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
Lic. Guillermo Jiménez Morales
PALACIO LEGISLATIVO
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Lic. Benjamín Martínez Martínez
Año II México, D.F., viernes 10 de noviembre de 1989 No. 6
INICIATIVA DEL EJECUTIVO
De reformas a la ley Servicio Público de Energía Eléctrica. Se recibe. Se turna a la Comisión de Energéticos.
INICIATIVA DEL EJECUTIVO
El C. secretario Rubén García Farías:
«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación. - Dirección General del Gobierno.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. - Presentes.

   Por instrucciones del ciudadano Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente envío a ustedes iniciativa de decreto de reformas a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, documento que el propio Primer Magistrado de la nación propone por el digno conducto de ustedes.
   Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo, No Reelección.
   México, Distrito Federal, a 26 de octubre de 1989. - El Secretario, Fernando Gutiérrez Barrios.»

El mismo secretario:
«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.
   Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. - Presentes.

   La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en su artículo 27, párrafo sexto, que corresponde exclusivamente a la nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público y que no se otorgarán concesiones a los particulares en esta materia, así como que la nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.
   Dicho servicio, está reservado de manera exclusiva al Estado, el cual cuenta con los organismos que requiere para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo. El gobierno federal mantendrá siempre la propiedad y el control sobre dichos organismos.
   El servicio público de energía eléctrica en diversas áreas de la zona central del país se ha estado prestando por la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A., y sus asociados Compañía de Luz y Fuerza de Pachuca, S.A., Compañía Mexicana Meridional de Fuerza, S.A., y Compañía de Luz y Fuerza Eléctrica de Toluca, S.A., en proceso de liquidación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica.
   Por otra parte, en el convenio celebrado el 14 de marzo del año en curso, entre la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A., y sus asociadas en liquidación y el Sindicato Mexicano de Electricistas, éste se obligó, en los términos de dicho documento, a realizar las concertaciones necesarias para alcanzar la autosuficiencia financiera de las empresas e incrementar la productividad de las mismas, a fin de lograr en las labores, índices equivalentes a los del resto del sector eléctrico nacional.
   Por ello, con la participación de los trabajadores electricistas, se han estudiado alternativas de solución, con el propósito de que el servicio público de energía eléctrica, que ha estado a cargo de dichas compañías, se preste en las mejores condiciones; y con apego a los preceptos constitucionales y legales ya mencionados, preservándose los derechos de las agrupaciones obreras y de los trabajadores, así como las fuentes de trabajo.
   Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de ustedes, me permito presentar a la consideración del honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de

DECRETO DE REFORMAS A LA LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Artículo único. Se reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica para quedar como sigue:
Artículo cuarto.
Las empresas concesionarias, entrarán o continuarán en disolución y liquidación y prestarán el servicio hasta ser totalmente liquidadas. Concluida la liquidación de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A., y sus asociadas Compañía de Luz y Fuerza de Pachuca, S.A., Compañía Mexicana Meridional de Fuerza, S.A., y Compañía de Luz y Fuerza Eléctrica de Toluca, S.A., el Ejecutivo Federal, dispondrá la constitución de un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, regido por la Comisión Federal de Electricidad, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, el cual tendrá a su cargo la prestación del servicio que han venido proporcionando dichas compañías. El decreto de creación del organismo establecerá, con arreglo a esta disposición, la estructura, organización y funciones que tendrá el propio organismo para el adecuado cumplimiento de sus fines.
TRANSITORIOS
Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo segundo. Los derechos de los trabajadores serán respetados conforme a la ley y se aplicarán, en sus términos, los acuerdos contenidos en el convenio del 14 de marzo de 1989, celebrado entre la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A., y sus asociadas y el Sindicato Mexicano de Electricistas.
Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración más distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Palacio Nacional, a 27 de septiembre de 1989. - El Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Carlos Salinas de Gortari."
Trámite: - Recibo, y túrnese a la Comisión de Energéticos.
Legislatura LIV - Año II - Período Ordinario - Fecha 19891207 - Número de Diario 15

Núm. Diario:15
ENCABEZADO
LIV LEGISLATURA
PODER LEGISLATIVO FEDERAL
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de segunda clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
Dip. Guillermo Jiménez Morales
RECINTO LEGISLATIVO CENTRO MEDICO NACIONAL
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Lic. Héctor de Antuñano y Lora
Año II México, D. F., 7 y 13 de diciembre de 1989 No. 15

LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

   De la Comisión de Energéticos, con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarto transitorio de esta ley.
   El ciudadano Modesto Cárdenas García presenta una proposición en relación a esta ley, para que se considere de urgente resolución y se le dispense el trámite de la segunda lectura, para ponerse a discusión y votación.
   Se dispensa la segunda lectura, y se discute en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto de esta ley.
   Se inserta documento del ciudadano José Luis Alfonso Sampayo, en esta discusión.
   Se aprueba en lo general y en lo particular el artículo cuarto transitorio del proyecto de decreto de esta ley. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. - México, Distrito Federal, a 12 de diciembre de 1989.»
Trámite: - Segunda lectura.

LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

El C. Presidente: - Sírvase la secretaría proseguir con el trámite.
El C. secretario Salvador Sánchez Vázquez:
«Comisión de Energéticos.
   Honorable asamblea: De conformidad con el artículo 71, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56 de la Orgánica del Congreso General y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo Congreso, fue turnada a la Comisión de Energéticos que suscribe, para su estudio y dictamen, la iniciativa de decreto para reformar la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, presentada por el licenciado Carlos Salinas de Gortari, presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
   Esta iniciativa propone la reforma del artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que se refiere al proceso de disolución y liquidación de las empresas concesionarias que prestan el servicio de energía eléctrica.
   Con fundamento en los artículos 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y como resultado del estudio de dicha iniciativa realizada en diversas sesiones y reuniones de trabajo de la Comisión de Energéticos, se somete a la consideración de la honorable asamblea, el presente

DICTAMEN

   La iniciativa objeto de análisis tiene gran importancia, ya que establece el procedimiento a través del cual, una vez concluida la liquidación de las empresas concesionarias, se seguirá proporcionando el servicio de energía eléctrica, preservando tanto los derechos de las agrupaciones obreras y de los trabajadores de dichas empresas, así como las fuentes de trabajo, y dando un paso importante en la integración de la industria eléctrica nacional.
   El servicio público de energía eléctrica en diversas áreas de la zona central del país, se ha estado prestando por la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S. A., y sus asociadas Compañía de Luz y Fuerza de Pachuca, S. A., Compañía Mexicana Meridional de Fuerza, S. A., y Compañía de Luz y Fuerza Eléctrica de Toluca, S. A., en proceso de liquidación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
   En la iniciativa a estudio se propone adicionar un segundo párrafo al artículo cuarto transitorio de la citada Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a efecto de que una vez concluida la liquidación de dichas empresas el Ejecutivo Federal disponga la constitución de un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tendrá a su cargo la prestación del servicio de energía eléctrica que han venido proporcionando las compañías citadas, con lo que se asegura que dicho servicio no se verá interrumpido. El decreto de creación del organismo deberán establecer la estructura, organización y funciones que tendrán el propio organismo para el adecuado cumplimiento de sus fines.
   Asimismo, en el texto de la iniciativa del Ejecutivo Federal se establecía que el citado organismo descentralizado estaría regido por la Comisión Federal de electricidad, sin perjuicio de las atribuciones que correspondieran a la Secretaría de Energía, minas e Industria Paraestatal.
   Sobre este punto, la comisión que suscribe consideró que la inclusión de dicho concepto no es conveniente, ya que creaba dudas sobre la autonomía que debe tener el organismo descentralizado cuya constitución se establece en la iniciativa, el cual deberá regirse, en todo caso, como los demás organismos descentralizados del país, de conformidad con las Normas de la ley Federal de Entidades Paraestatales. En tal virtud se acordó modificar el texto de la iniciativa del artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para suprimir la expresión "regido por la Comisión Federal de Electricidad, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal".
   Por otra parte, se establece en el artículo segundo transitorio de la iniciativa que los derechos de los trabajadores serán respetados conforme a la ley, aplicándose a este efecto , los acuerdos contenidos en el convenio del 14 de marzo de 1989, celebrado entre la Compañía de Luz y Fuerza del Centro , S. A., y sus asociadas y el Sindicato Mexicano de Electricistas, en el cual éste se obligó, en los términos de dicho documento, a realizar las concertaciones necesarias para alcanzar la autosuficiencia financiera de las empresas e incrementar la productividad de las mismas, a fin de lograr en las labores índices equivalentes a los del resto del sector eléctrico nacional.
   Sobre el particular, esta comisión consideró que era conveniente modificar el citado artículo segundo transitorio de la iniciativa, para asentar con toda claridad que los derechos de los trabajadores serán respetados además de conforme a la ley, conforme al contrato colectivo y a los demás pactos laborales de los cuales es titular el Sindicato Mexicano de Electricistas. Lo anterior, con el fin de precisar que los derechos de los trabajadores de la citada agrupación obra serán preservados en su totalidad. En tal virtud, la redacción del artículo segundo transitorio de la iniciativa objeto de estudio, quedó como sigue: "se aplicará en sus términos el convenio del 14 de marzo de 1989, celebrado entre la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S. A., y sus asociadas y el Sindicato Mexicano Electricistas, respetándose los derechos de los trabajadores, conforme a la ley, al contrato colectivo y a los demás pactos laborales, de los cuales es titular la citada agrupación obrera".
   Con lo anterior se busca que, con la participación de los trabajadores electricistas, el servicio público de energía eléctrica, que ha estado a cargo de las compañías citadas con anterioridad, se preste en las mejores condiciones posibles y que los derechos de los trabajadores sean respetados con apego a los preceptos constitucionales y legales aplicables, y conforme a los pactos laborales celebrados.
   Por último, esta comisión consideró pertinente añadir un artículo transitorio al proyecto de decreto, a fin de establecer que el Ejecutivo Federal disponga lo necesario para dar celeridad a los procedimientos de liquidación de las citadas empresas, para que al concluirlos, se constituya el organismo que se ordena crear. Esto en virtud de que los miembros de la comisión de energéticos consideran que, aunque no existe posibilidad legal para señalar un plazo cierto para la terminación del proceso de liquidación a que se hace referencia en la iniciativa, ya que él mismo se rige por las normas de la legislación mercantil, sí es pertinente hacer mención de que los procedimientos de liquidación deben concluirse lo antes posible, para que una vez terminados, se constituya el organismo descentralizado que prestará en adelante el servicio público de energía eléctrica en la zona centro del país, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 27, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
   En tal virtud, se adicionó al proyecto de decreto el artículo tercero transitorio, el cual quedó redactado en los siguientes términos: "el Ejecutivo Federal dispondrá lo necesario para dar celeridad a los procedimientos de liquidación de las citadas empresas, para que al concluirlos, se constituya el organismo que se ordena crear".
   Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72 y 73, fracción X de la Constitución General de la República, 56 de la Ley Orgánica del Congreso General y 55 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la comisión que suscribe, somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Artículo único. Se reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica para quedar como sigue:

Artículo cuarto

Las empresas concesionarias entrarán o continuarán en disolución y liquidación y prestarán el servicio hasta ser totalmente liquidadas. Concluida la liquidación de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S. A., y sus asociadas Compañía de Luz y Fuerza de Pachuca, S. A., Compañía Mexicana Meridional de Fuerza, S. A., y Compañía de Luz y Fuerza Eléctrica de Toluca, S. A., el Ejecutivo Federal, dispondrá la constitución de un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tendrá a su cargo la prestación del servicio que han venido proporcionando dichas compañías. El decreto de creación del organismo establecerá, con arreglo a esta disposición, la estructura, organización y funciones que tendrá el propio organismo para el adecuado cumplimiento de sus fines.

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo segundo. Se aplicará en sus términos el convenio del 14 de marzo de 1989 celebrado entre la Compañía de Luz y fuerza del Centro, S. A. y sus asociadas y el Sindicato Mexicano de Electricistas, respetándose los derechos de los trabajadores, conforme a la ley, al contrato colectivo y a los demás pactos laborales, de los cuales es titular la citada agrupación obrera.
Artículo tercero. El Ejecutivo Federal dispondrá lo necesario para dar celeridad a los procedimientos de liquidación de las citadas empresas, para que al concluirlos, se constituya el organismo que se ordena crear.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. - México, Distrito Federal, a 7 de diciembre de 1989. - Diputados: Gonzalo Martínez Corbalá, presidente; secretarios: Adolfo Barrientos Parra y Fredy Chable Torrano; José Luis Alfonso Sampayo, Alberto Amador Leal, Hermenegildo Anguiano Martínez, Isaac Bueno Soria, Jorge Camacho Cabrera, Modesto Cárdenas García, Marco Antonio Castellanos López, Héctor Colio Galindo, Antonio del Río Abaunza, Miguel Díaz Muñoz, José Elías Leal, Regulo Pastor Fernández Rivera, Vicente Fox Quezada, Javier Gaeta Vázquez, Juan Antonio García Villa, Napoleón Gómez Sada, Leobardo Gutiérrez Gutiérrez, Héctor Jarquín Hernández, Horacio Labastida Muñoz, Manuel Marcué Pardiñas, Ciro Mayén Mayén, Sóstenes Melgarejo Fraga, Elda Mellado Martínez, Alfonso Méndez Ramírez, Salvador Miranda Polanco, Alfredo Monsreal Walkinshaw, Gilberto Muñoz Mosqueda, Julián Murillo Navarro, Jesús Ortega Martínez, Antonio Pariente Algarín, Carlos Pavón Campos, Francisco Curi Pérez Fernández, Alfredo Pliego Aldana, Humberto pulido García, José Antonio Ríos Rojo, Benjamín E. Rocha Pedraza, Juan Manuel Rodríguez González, Neftalí Rojas Hidalgo, Vicente Sequera Mercado, Heraclio Soberanis Sosa, Eugenio Soto Medina, Miguel Treviño Emparán. Horacio Treviño Valdez, Mauricio Valdez Rodríguez, Rubén Venadero Valenzuela, Elías Villegas torres y Carlos Navarrete Ruíz.»
Trámite: - Primera lectura.

El C. Presidente: - Ha solicitado el uso de la palabra el diputado Modesto Cárdenas, del grupo parlamentario del Partido Popular Socialista.
Ruego a los ciudadanos diputados pasen a ocupar sus curules.

El C. Modesto Cárdenas García: - Con su permiso, señor presidente; señoras y señores; señores diputados: A nombre de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, vengo hacer una proposición relativa al dictamen que se ha leído, bajo las consideraciones siguientes.
   El dictamen puesto a la consideración de esta honorable asamblea en primera lectura, ha sido producto de un amplio trabajo de la Comisión de Energéticos de la Cámara de Diputados; en el seno mismo de ella, viene el intercambio de opiniones con funcionarios y con las dos organizaciones sindicales de la industria eléctrica nacionalizada.
   Efectuado este trabajo en un mercado de diálogo y de concertación, el dictamen recoge los planteamientos que expresaron las diferentes fracciones parlamentarias representadas en la Comisión de Energéticos.
   Respecto de la iniciativa de reformas a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, al mismo tiempo que se hizo eco de las inquietudes y demandas de los trabajadores de la industria eléctrica, particularmente de quienes integran el Sindicato Mexicano de Electricistas.
   Por estas razones, al discutirse el proyecto de dictamen en el pleno de la Comisión Energéticos, éste fue aprobado por consenso de los legisladores miembros de la misma.
Con las reformas en los términos del dictamen de la Comisión de Energéticos se da un paso de gran importancia para consolidar definitivamente la nacionalización de la industria eléctrica.
   La fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista considera que estas reformas no responden de manera plena al objetivo histórico de crear una sola empresa estatal, encargada de todas las tareas relativas a la industria eléctrica nacionalizada, pero es un paso que conduce a él.
   En consecuencia, tampoco propiciará que en la perspectiva más cercana, se forme un solo sindicato para toda la industria eléctrica, aspiración unitaria y clasista de los trabajadores electricistas más avanzados. Sin embargo, consideramos que debemos reconocer que las reformas propuestas por el dictamen constituyen un paso en esa dirección, pero además, con la eliminación de ambigüedades en la creación de la empresa que se propone, se garantiza la permanencia de las fuentes de trabajo de los miembros del Sindicato Mexicano de Electricistas, y al incorporarse la referencia explícita en el artículo segundo transitorio del contrato colectivo de trabajo del sindicato, se garantiza en gran medida el respeto real de los derechos conquistados por este histórico sindicato, de enorme tradición en el movimiento sindical revolucionario del país.
Es verdad que la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista...
El C. Belisario Aguilar Olvera (desde su curul): - Señor Presidente, moción, que la asamblea ponga atención al orador.
El C. Presidente: - Es procedente. Ruego a los ciudadanos que mantienen diálogo y están obstruyendo la atención de los ciudadanos diputados, ocupen su curul. Espere usted, señor diputado Cárdenas, a que exista el orden en la asamblea para que pueda ser escuchada su intervención.
Continué usted, diputado Cárdenas.
El. C. Modesto Cárdenas García: - Gracias, señor Presidente.
   Es verdad que la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista propuso adicionar el artículo segundo transitorio, con un párrafo en el que de una manera precisa y concreta se reconoce el derecho del Sindicato Mexicano de Electricistas de que en el proceso de creación del organismo que ha de suplir a la Compañía Mexicana de Luz y Fuerza y empresas asociadas, sea considerada su opinión respecto de la estructura, organización y funciones de la nueva empresa que por decreto del Ejecutivo Federal será constituida en fecha próxima.
   Esta adición la consideramos indispensable en esta etapa en que se lleva a cabo la modernización de la industria nacional, sin considerar en cuenta la opinión de los trabajadores y cuando sobre ellos han recaído graves consecuencias, como la mutilación de sus contratos colectivos y el cese masivo como regla general.
   Pero de mayor trascendencia todavía, esta adición responde a la aspiración histórica de que los trabajadores de las empresas del Estado participen en la dirección y en la administración de las mismas, como el mejor medio para lograr un manejo honrado, nacionalista y popular de las mismas, así como para propiciar de verdad el trabajo creativo de los trabajadores, con miras a elevar la eficacia y productividad de estas empresas claves para la independencia económica del país.
   Por esta razón, insistiremos en que sea aprobada esta adición al segundo transitorio por esta honorable plenaria, cuestión que con ello abriría la perspectiva de la participación de la clase obrera en la modernización de la industria nacional, para hacer de este proceso uno efectivamente nacionalista y popular, y qué mejor que dar este primer caso precisamente con uno de los sindicatos más democráticos y que tanto ha luchado en defensa de la industria eléctrica nacionalizada, como es el Sindicato Mexicano de Electricistas.
   Sin embargo, independientemente de esta demanda de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, consideramos que el contenido del presente dictamen constituye una legítima victoria del Sindicato Mexicano de Electricista que mañana, 14 de diciembre, cumplirá un año más de la lucha tenaz y consistente en defensa de la soberanía de la nación y de los intereses legítimos de los trabajadores electricistas agrupados en su seno.
   Por estas razones y considerando que el Sindicato Mexicano de Electricistas tiene programado para el día de mañana un gran acto sindical para conmemorar este aniversario, y considerando además el consenso aprobatorio de la Comisión de Energéticos de este dictamen presentado en primera lectura, la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone a esta honorable asamblea que este dictamen sea considerado de urgente resolución, se le dispense el trámite de la segunda lectura y sea aprobado en esta misma sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
   Sala de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 13 de diciembre de 1989. - Por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, diputados Francisco
Ortiz Mendoza, Alfredo Reyes Contreras y Modesto Cárdenas García.» Muchas gracias.
El C. Presidente: - Como lo solicita el ciudadano diputado Modesto Cárdenas, consulte la secretaría a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.
El C. secretario Salvador Sánchez Vázquez: - Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la asamblea en votación económica si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Dispensada la segunda lectura.
El C. Presidente: - En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.
No habiendo quien haga uso de la palabra, proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de decreto.
La C. secretaria Guadalupe Gómez Maganda de Anaya: - Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del artículo único del proyecto de decreto. (Votación.)
Esta secretaría informa que se emitieron 367 votos en pro y tres en contra.

El C. Presidente: - Previo a hacer la declaratoria de aprobación, proceda la secretaría a recoger el documento donde están las palabras del diputado José Luis Alfonso Sampayo, quien en atención al tiempo de la asamblea no insistió en hacer uso de la palabra y leerlo. Insértese en el Diario de los Debates.
«Ante la soberanía de la nación me presento en esta ocasión como representante popular de mi partido político, el Revolucionario Institucional, así como trabajador electricista, miembro del Sindicato Mexicano de Electricistas, para expresar ante ustedes la opinión de mis compañeros trabajadores, ante este acontecimiento crucial para nuestro futuro, representado por el dictamen de modificación a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica que hoy discutimos en esta honorable Cámara de Diputados y que previamente aprobamos por unanimidad en la Comisión de Energéticos.
   En primer lugar, nos interesa que esta soberanía conozca lo que es y ha sido la posición histórica del Mexicano de Electricistas ante la industria estratégica a la que sirve.
Hoy, la industria eléctrica nacionalizada constituye un patrimonio fundamental para el futuro de nuestro pueblo; sin embargo, para llegar a serlo, requirió del esfuerzo permanente, patriótico y desinteresado de los trabajadores electricistas, de los que orgullosamente formo parte.
   Me corresponde hoy subrayar y resaltar el papel que en este proceso juega nuestro sindicato, el Sindicato Mexicano de Electricistas.
   Nuestra organización sindical surge hace exactamente 75 años, el 14 de diciembre de 1914, al calor de las reivindicaciones obreras más justas frente a la ceguera y la ambición desmedida del gran capital extranjero, en este caso anglocanadiense, y logra construir, a base de grandes luchas y sacrificios, una estructura de derechos laborales que le permiten consolidarse como organización representativa de los intereses de los trabajadores de la entonces empresa eléctrica más importante en el país, la Mexican Light and Power Company. Sin embargo, muy pronto ha de abordar el Mexicano de Electricistas la problemática de las responsabilidades de la empresa extranjera, no sólo ante sus trabajadores, sino ante la indispensable expansión de un servicio vital para el desarrollo de la nación.
   Para el 20 de abril de 1937, frente a los inversionistas extranjeros, eleva una de sus demandas: constituir a la empresa en cooperativa de participación estatal y propone reorganizarla bajo un régimen de cogestión Estado - consumidores - trabajadores, con el objetivo de garantizar la ampliación de la capacidad de generación de energía eléctrica de acuerdo a las necesidades del desarrollo nacional, sobre el interés privado de la ganancia exportable en el corto plazo.
   A estas inquietudes y demandas responde el gobierno del general Lázaro Cárdenas, con la creación de la Comisión Federal de Electricidad, en cuyos primeros proyectos hidroeléctricos participan técnicos destacados afiliados a nuestro sindicato.
   La convicción nacionalista, surgida en la noble lucha por arrancarle un trato digno y nuestras justas aspiraciones al capital extranjero, se constituye en uno de los ingredientes inseparables que se amalgaman en la convicción clasista y democrática que son el arma y el espíritu de la lucha de vanguardia del Mexicano de Electricistas.
   Esta convicción nacionalista retoma fuerza en los años cincuenta, donde se combinan un renacimiento democrático interno en el Sindicato Mexicano de Electricistas y nuevamente la cerrazón extranjera para invertir en las indispensables obras de electrificación rural y popular, no rentables económicamente en el corto plazo, pero de indudable justicia y salud social.
   Aquí, la determinación de un gran presidente nacionalista, don Adolfo López Mateos, da paso al proyecto de construir un gran sector eléctrico nacionalizado, que abre las perspectivas de desarrollo de la industria de acuerdo al interés popular y nacional.
   Nuevamente, nuestro sindicato pone en movimiento su capacidad de opinión y propuesta, para integrar, técnica y administrativamente, a todo el conjunto de empresas eléctricas del país en un solo sistema eléctrico nacional, regionalizado y descentralizado para armonizar las necesidades nacionales con los requerimientos y plena utilización de los recursos regionales.
   Indudablemente, estas opiniones han jugado un papel progresista en la conformación de nuestro sistema eléctrico nacional.
   Sin embargo, y hay que decirlo, por nuestra vocación de apego a la verdad, los últimos 14 años del desarrollo de nuestra empresa se caracterizaron por la incertidumbre, la pérdida de rumbo y la desadministración de recursos valiosísimos para el desarrollo sano e independiente de nuestro país.
   A raíz de la declaración del estado de liquidación de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S. A. y asociadas, se abre un período oscuro y falto de objetivos para el servicio público de energía eléctrica en la zona más importante de nuestro territorio.
   Se cancelaron artificialmente las posibilidades de un crecimiento racional de nuestras instalaciones, bajo el pretexto de la liquidación, particularmente las referidas a la generación del fluido eléctrico; hemos vivido una etapa conflictiva, llena de indecisiones y contradicciones administrativas, sin proyecto por parte de los cuadros de mando, y plagada de desprecios hacia la capacidad técnica, administrativa y operativa de los trabajadores miembros del Sindicato Mexicano de Electricistas.
   Han sido años muy dolorosos, pero llenos de lecciones para nosotros. Afortunadamente hoy hemos encontrado eco a nuestras preocupaciones en la más alta instancia de este país: el presidente de la República, licenciado Carlos Salinas de Gortari.
   El esfuerzo propositivo de nuestro sindicato ha sido reavivado por la actual dirección sindical y bajo este aliento llevamos 15 años sumidos en el esfuerzo de demostrar a las autoridades del país y del sector eléctrico, ante la conveniencia general del mismo y en particular de nuestra empresa, de que "levantar" el estado de liquidación de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A. y asociadas es una verdadera alternativa para el saneamiento y plena utilización de esta empresa, patrimonio de la nación.
   Así llegamos al 19 de febrero de 1988. En Nuevo Necaxa, Puebla, el entonces candidato a la Presidencia, Carlos Salinas de Gortari, cristaliza un compromiso en dos vertientes: la preservación del Sindicato Mexicano de Electricistas, de su materia de trabajo y de sus derechos conquistados y, por el otro lado, el impulso propositivo de los trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas para sanear la empresa, para asumir su modernización en la concertación democrática y para desplegar su creatividad productiva en beneficio propio y de la nación.
   Hoy, están en manos de las autoridades de nuestro país y de muchos de ustedes, opiniones de nuestro sindicato que apuntan a un diagnóstico objetivo, responsable y nacionalista de la situación que guarda el servicio público de energía eléctrica en la zona de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro S.A., donde hablamos de la necesidad de regularizar o conectar 450 mil servicios pendientes en nuestra zona de atención; de elevar el índice de contabilidad en la no interrupción del servicio eléctrico y, finalmente, de superar los errores, desviaciones e inclusive trampas contables que han pretendido, y quizá para algunos logrado, crear una imagen de empresa deficitaria financieramente.
   Un primer punto clave en el estímulo productivo de la hoy llamada "nueva empresa eléctrica", lo será el impulso y rescate de los proyectos de generación del fluido en la zona centro del país. La concreción de esta iniciativa de ley nos alienta, vemos con optimismo una nueva perspectiva. No está de más subrayar lo entrañable que para un servidor significa la modernización y ampliación de las plantas hidroeléctricas del sistema del Río Necaxa, mi tierra natal, que a 85 años de iniciada su operación, y con un mantenimiento al 100%, con recursos propios de la empresa, todavía trabaja con el alto rango de eficiencia del 70%, bajo el cuidado cotidiano y casi podríamos llamar afectivo de los trabajadores.
   Las reformas que hoy proponemos a esta soberanía al artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica constituyen, por otro lado, la conclusión e impulso definitivo a la plena nacionalización de la industria eléctrica mexicana, al transformar a la Compañía de Luz y Fuerza y asociadas en un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
   Nos enorgullece el participar y ser co-impulsores de esta jornada nacionalista, del mismo modo que lo fuimos en las jornadas que culminaron el 27 de septiembre de 1960 con la nacionalización de la industria eléctrica.
Hoy reconocemos en este proyecto de decreto de ley una nueva etapa para el desarrollo eléctrico de nuestro país, donde los afiliados al Sindicato Mexicano de Electricistas reconocemos y asumimos el reto que nos significa el ser considerados parte activa, consultados y respetados en el desarrollo de nuestra materia y fuente de trabajo.
   Justamente por su impulso reivindicador, la modificación a esta ley, no podía menos que ser incisiva y precisa en su preocupación por respetar los derechos de los trabajadores electricistas del Sindicato Mexicano de Electricistas y vemos también con satisfacción que fueron escuchadas nuestras palabras, cuando se dijo que nuestro contrato colectivo no era un portador de prebendas o canonjías, sino de justas reivindicaciones de los trabajadores y no sólo eso, sino que creemos haber convencido de que nuestro contrato es un verdadero organizador y administrador de la empresa a la que servimos, donde las partes hemos logrado vaciar y concertar nuestra experiencia laboral y productiva, constituyendo a nuestro contrato en un verdadero y dinámico patrimonio del sector al que servimos.
   Se está reconociendo que no hay caducidad o rigideces cuando se mantiene vivo y vigente el espíritu de la concertación en una sociedad, que permite a los trabajadores tomar la palabra con la inevitable pero deseable consecuencia de asumir así la responsabilidad de lo que en su momento se propone.
   Actuamos también con la convicción de que este esfuerzo común y colectivo por la productividad, conllevará su contrapartida para elevar el nivel de vida de los trabajadores y nos fortalece la autoridad, que ya por naturaleza tenemos los trabajadores como colectivo, para exigir a aquellos sectores sociales y económicos, que han capitalizado la crisis a su favor, con la especulación y exportación de capitales, a que sean sensibles a las demandas, hoy más que nunca justas, de un pueblo trabajador que aspira a abandonar limitaciones e injusticias ante los excesos humillantes de algunas minorías.
   La consolidación hoy de nuestro contrato colectivo, nos reafirma en la vocación solidaria y reivindicadora que históricamente ha tenido y tiene nuestro sindicato.
   El avance que para el Sindicato Mexicano de Electricistas significa en todos sentidos esta reforma a la ley, fortalece también nuestra convicción de clase y nos permitirá asumir, desde posiciones más firmes, las inaplazables tareas reivindicadoras y revitalizadoras del movimiento obrero mexicano.
   Este año de 1989 hemos desempeñado un ejercicio colectivo de reflexión de nuestros 75 años de historia, lo que nos permite aquilatar con satisfacción, pero también con profunda responsabilidad actual y vigente, los aportes de las generaciones que nos antecedieron a las jornadas que forjarán la presencia de la clase obrera en nuestro país, mismas que han sido determinantes para formar el perfil social, económico y político de nuestra patria.
   Nuestros debates con la casa del obrero mundial sobre el proyecto de la nación que habría de surgir del movimiento social de 1917. El aporte definitivo de la huelga general de 1916 encabezada por el Sindicato Mexicano de Electricistas, para impulsar a los Constituyentes más progresistas de 1917 a proponer el artículo 123 de nuestra Carta Magna.
   Las jornadas históricas de los años treinta de donde surge nuestro contrato colectivo, hermanado a muchos otros, patrimonio de esta clase obrera mexicana, que siempre ha sabido conjugar y armonizar su interés propio, con nuestro interés como nación.
   Esta brillante y larga trayectoria, a la vez que es motivo de orgullo y satisfacción para quienes pertenecemos a este glorioso sindicato, es también una pesada responsabilidad para quienes participan o hemos participado activamente en su vida democrática y en puestos de dirección sindical, a lo que hemos de sumar ahora estos nuevos logros, para estimular las actitudes y proyectos que unifiquen más a los trabajadores mexicanos y nos permitan jugar el papel protagónico que se nos reclama.
   Honorable asamblea: Demos paso a este decreto de reformas a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, con la seguridad de estar dando nuevos bríos y abriendo nuevos caminos, a una fuerza social profundamente comprometida con nuestro futuro como pueblo y como nación, para dar paso a un sindicato democrático, al Sindicato Mexicano de Electricistas. Muchas gracias, compañeros diputados.
México, Distrito Federal, 13 de diciembre de 1989. - José Luis Alfonso Sampayo.»

Aprobado en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto por 337 votos.

Aprobado el proyecto de decreto que reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
La C. secretaria Guadalupe Gómez Maganda de Anaya: - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
Diario de los Debates de la Cámara de Senadores
Legislatura: LIV Año : II
Período: Primer Periodo Ordinario
Diario: 14
Fecha: Diciembre 14 de 1989
-Lista, lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

-Remite oficio en que se transcribe el de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, con el que remite dictamen que aprobó el Pleno, en relación con el retiro voluntario del C. Ministro Numerario Ernesto Díaz Infante.

-La del Estado de Aguascalientes, comunica haber quedado legítimamente instalada, así como la apertura de su Primer periodo de sesiones y la integración de su Mesa Directiva. -La del Estado de Zacatecas, comunica la elección e integración de su Mesa Directiva.

(Dictamen de segunda lectura). -Se aprueba el dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y de Comercio y Fomento Industrial.

(Dictamen de segunda lectura). -Se aprueba el dictamen de las comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia.

-Remite minutas con Proyectos de decreto: -La que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito. -La que reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

CAMARA DE DIPUTADOS

-Se recibieron oficios de la Honorable Cámara de Diputados, con los que remite las siguientes minutas con proyecto de decreto:
-La que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.
-Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda.
-La que reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
-Recibo y túrnese a la Comisión de Energéticos.
-Se va a dar lectura al Orden del Día de la siguiente sesión.
Leyó.
-Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera.
DIARIO DE LOS DEBATES
De la Cámara de Senadores del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos

Director: Lic. Luis Estrada Rodríguez

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